martes, 5 de diciembre de 2017

La retirada de la orden de detención contra Puigdemont : II parte de mi articulo en este mismo blog ¿ Puede Puigdemont tener un juicio justo en España?


Que nuestra Justicia está politizada y  funciona mal ( estoy hablando  de la Audiencia Nacional, Tribunal Supremo  y bastantes Tribunales Superiores de Justicia de nuestras comunidades autónomas) lo saben la mayoría de los abogados y todos sus colegios profesionales. Pero ocurre que los unos y los otros, no se atreven a decirlo. Se lo impide su formación conservadora, su actitud reverencial ante el poder y a veces su cobardía. Así pues,  en este páramo intelectual los medios de comunicación adoctrinan a la gente haciéndoles ver que todo se rige por la legalidad y que somos un estado de derecho. Y la mayoría se lo cree. " Bienaventurados los pobres de espíritu, pues de ellos será el reino de los cielos" ( San Mateo 5 : 2). 

Los jerifaltes de los partidos políticos también los saben, y callan,ya que ellos son los principales culpables de este desaguisado, aunque, obviamente,  de estos no será el reino de los cielos.

Acabo de leer en la prensa que nuestro Tribunal Supremo, ha retirado la orden de detención internacional contra el " malvado Piugdemont". Y claro, los hooligans  del " A por ellos", ya no entienden nada. Por lo tanto, se lo voy a explicar para que lo entiendan.

El Tribunal Supremo, como la Audiencia Nacional, hace  años que no son órganos judiciales. Son órganos políticos y no existe la separación de poderes.

Cuando aquél ( el Supremo) hubo de fallar el famosos litigio de las "cláusulas suelo" en los préstamos de la banca a sus sufridos clientes, declaró a las mismas, nulas de pleno de derecho. Cualquier jurista sabe que un acto nulo de pleno de derecho, es un acto inexistente, invalido por tanto desde su nacimiento y sus efectos no se han producido nunca. Pues bien, el Tribunal Supremo, para evitar gastos a la banca estableció que  dicha nulidad sólo podía determinarse desde  la fecha de reclamación de cualquier particular, nunca desde la creación del préstamo mismo en forma de escritura pública. Negocio redondo para los prestamistas. 

Pero claro, la cuestión trascendió  de nuestras fronteras y algunos llevaron el debate en forma de recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE. La sentencia ya la conocen todos ustedes. La nulidad fue decretada  de la constitución misma del préstamo hipotecario enmendando así al tribunal español. Hoy los Juzgados están llenos de reclamaciones contra los bancos, que les van a costar mucho más  dinero de lo que la generosa interpretación del Supremo les facilitó.

Vayamos a Puigdemont.

La orden internacional de detención, se basaba en los delitos de rebelión, sedición, malversación de caudales públicos y no sé cuantos delitos más, redactados por un Fiscal que en sus archivos había albergado la querella- antes de ser presentada- con el ilustrativo título de " más grande será la caída". Todo un ejemplo de objetividad e imparcialidad.

Daba igual que el delito de rebelión exigiera violencia  para su perpetración en nuestro Código penal ( lo que nunca existió) o que la malversación impropia de la que eran acusados Puigodemont y sus censellers exigiera que se hubiera dado a ciertas partidas del presupuesto un destino distintas del que estaba fijado. De de este último supuesto y delito, la Intervención General de la Generalitat, tenía certificado que ni un sólo duro de las diferentes partidas presupuestarias se había destinado  a la  organización del referéndum del 1 de octubre. Pero no pasa nada. Primero la Audiencia Nacional ordenó la entrada en prisión de varios querellados,  siguió la orden de detención contra Puidemont al no comparecer, y el Tribunal Supremo siguió adelante, con la causa en sus manos contra todos los imputados y las mismas tesis jurídicas.

Sólo había un inconveniente. Residenciado Puidemont y varios de sus ex consellers en Bélgica, había que solicitar la extradición, y ésta sólo se concede en los países  civilizados,  después de que el juez del país extranjero, con audiencia de los perjudicados y en juicio, pueda resolver sobre su idoneidad, sobre el " buen derecho de la petición". Es decir, que los mismos delitos o similares objeto de persecución existan en la legislación de su país con las mismas características, así como si se han cumplido las debidas garantías para dictar dicha orden y no estamos en presencia de un juicio político.

El juicio de extradición ya se había celebrado en Bélgica y se espera su fallo para el 14 de este mes de diciembre. Y claro, como lo más probable era esperar una sentencia desestimando la petición del gobierno español, al no resultar homologables ni los delitos perseguidos, ni los procedimientos seguidos,  es decir que la orden de busca y captura dimanaba de un juicio político y sin garantías, el magistrado del Tribunal Supremo para evitar el ridículo del Gobierno y Estado español, ha preferido renunciar a la petición de extradición. Algo muy "coherente" si tenemos en cuenta que en buen derecho " nadie puede ir contra sus propios actos".

Y ahora sigan repitiendo  ingeniosamente, aquello de la legalidad, del Estado de Derecho, y de que en España no existen presos políticos, sino políticos presos.

Hace tiempo que en Europa saben que somos una anomalía democrática. Valle de los caídos, subvenciones a la fundación Francisco Franco, miles de muertos en la cunetas sin enterrar, y para colmo una justicia politizada al servicio de un orden completamente injusto y desigual. Nos toleran porque nos venden de todo, audis incluidos, pero hasta el punto de mancharse no llegan. Todavía a los países de la UE les queda algo de prestigio democrático.



PD.- Ver en este mismo blog ( fechas anteriores) el artículo titulado : ¿ Puede el sr. Puigdemont tener un juicio justo en España? 















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