viernes, 6 de julio de 2018

El estado de derecho ha muerto : primer ejemplo, esta vez en Aragón.



Así reza el artículo 103 de nuestra Constitución, que copio literalmente.
Artículo 103
    1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

A esto, entre  otras cosas, la doctrina lo denomina Estado de Derecho, y a  nuestros gobernantes, ahora y antes se les llena la boca- ya no digamos a los tertulianos a sueldo- con  el concepto. Podría llamársele también, el principio de legalidad, por el que nos regimos todos y la administración pública la primera de todos nosotros, más que nada para dar ejemplo.

Y la gente- la mayoría. se lo cree y lo repite, cual vulgar papagayo.

Me propongo, darles ejemplos en varios  y sucesivos artículos a partir de este, para demostrarles que todo esto es mentira.

Va el primero de los ejemplos en el artículo de hoy. 

Aragón. Litigio sostenido entre un ingenuo y joven emprendedor que creyó en estas tesis, tan defendidas por  su Comunidad Autónoma, presidida por el baturro Lamban. El pobre hombre, con un ingente esfuerzo de sus padres solicitó una subvención para instalarse, pongamos en una actividad agrícola.  Le fue concedida la ayuda, y como ya es habitual que se paga tarde y mal, el chaval hubo de adelantar todos los gastos de la inversión a realizar y justificarlos, a través de un préstamo bancario avalado por sus padres. 

Cuando ya hubo justificado extensamente todas sus inversiones ( facturas, transferencias bancarias, etc), el departamento correspondiente, entendió que aún faltaba un papel, licencia o requisito, documento éste que  por cierto no venía concretado ni definido de ninguna forma  en la convocatoria de las ayudas, y además no procedía legalmente.

El caso es que la Comunidad autónoma ( erre que erre en su postura)  no le reconoció los gastos acreditados y justificados en un importe determinado, los que no iban acompañados de esa licencia o permiso.Y sin  motivar dicha rebaja, se los descontó a la hora de pagarle la subvención. Simplemente, lo hizo a la brava ( los súbditos no se merecen explicaciones).

El pobre chaval que aún creía en el sistema, no entendió nada y recurriendo a un abogado, entabló el oportuno recurso contenciosos administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Lógicamente, la comunidad autónoma se opuso contestando a la demanda a través de sus servicios jurídicos, y cuando el chaval esperaba unos razonamientos, al menos tan consistentes como los suyos para interpretar  que la cantidad reclamada no debía pagarse, se llevó una sorpresa pues la tal contestación no entraba  apenas en el debate jurídico planteado, y venía a decir, hablando casi de otras cosas que " manzanas tengo" y " peras vendo".

Hasta que el chaval, escudriñando y buscando tales " razones"  en el  polijo escrito de la comunidad autónoma encontró una, que decía lo siguiente ( y la copio literalmente) y entonces fue cuando lo comprendió todo : 

" Por último,  al dictar este tipo de resoluciones la Administración  ( se refería  a la denegatotoria de parte de la subvención), no puede olvidar  el contexto presupuestario en el que se ve obligada a realizar  este tipo de actuaciones. En este sentido, para comprobar  cual es la situación presupuestaria de las Comunidades autónomas en estos momentos es suficiente con la lectura de las recientes sentencias del Tribunal Constitucional ( y aquí cita varias), donde se analizan  sus limitaciones en un marco de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad de las Administraciones Públicas".

Acabáramos.  El chaval ya supo entonces  de que iba esta vaina. Le correspondiera legalmente o no lo que solicitaba, lo  que sucedía es que había que recortar de donde fuera y en lo que fuera, al margen del derecho y la ley, o retorciendo restrictivamente la interpretación de la misma. Para ello, siempre el recortador  encontraría siempre, en una retorcida aplicación de la norma- "previo cobro de objetivos"- el hueco y la excusa que necesitara. Y sino se la inventaría. El presupuesto manda, que no el derecho y la ley.

Pero claro, el chaval, se hizo a continuación, como buena victima,  estas otras preguntas:  ¿ Acaso estas limitaciones  presupuestarias forzadas, con ánimo evidente de recortar, se las habían aplicado así mismos, los diputados a Cortes de su región, sus asesores y toda la parafernalia de los partidos políticos, subvencionados, que gobiernan su región ? ¿ Acaso también, se  estaban aplicando  estas mismas interpretaciones a todos los funcionarios de su comunidad autónoma, y a los cargos políticos, empezando por su presidente, que la gobierna ?

Pronto hubo de deducir que esto no era así. Y hoy, se enfada con toda razón, cuando cualquier periquito o loro, repite sin pensar por sí mismo ni un sólo segundo, que " vivimos en un estado de derecho", que la " ley es sagrada" y que este es "nuestro valor supremo".

También piensa, cuantas victimas más habrá por ahí, a las cuales  les habrá sucedido lo mismo que a él.












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