domingo, 20 de mayo de 2018

NI en Tanganica han llegado tan lejos

Ya lo saben en Europa, pero ahora lo van saber en el resto del mundo, civilizado claro. No somos un estado de derecho. Bueno es saberlo pues así cada cual tomará las medidas defensivas mas adecuadas a sus intereses. Lo han dicho más de 35 catedráticos de Derecho tributario o financiero, reunidos en Granada y han lanzado un llamamiento a la opinión pública. Están asustados de cómo la Agencia Tributaria incumple sistemáticamente la Constitución española, la presunción de inocencia, y las normas más elementales del Derecho en sus requerimientos, liquidaciones, sanciones e inspecciones. No hacia falta que lo dijeran. El terror que existe en la población, ante cualquier actuación del organismo,  ya lo había detectado desde el primero hasta el último de los " obligados tributarios", que no ciudadanos contribuyentes asistidos de sus derechos. Basta hablar con cualquier asesor fiscal o pequeño o mediano empresario. Es simplemente la constatación de lo que sucede, sólo que ningún experto se había a atrevido hasta ahora a a decirlo. Volveremos en otro articulo, con más detalle, a explicar lo que ocurre.

Lo mismo sucede en Cataluña. Si de la lectura del artículo 155 de la Constitución, ya no resultara de lo más discutible su aplicación, previa autorización del Senado, en los términos que el gobierno lo ha hecho ( existe recurso de inconstitucional, ante el TC, pendiente a la fecha de su fallo), lo que hoy publica la prensa es la confirmación definitiva de que el Estado de derecho, ha muerto. Ni en Tanganica, probablemente, exista precedente. Hemos vuelto a la arbitrariedad, al poder absoluto, al "Estado soy yo" ( Luis XIV en Francia), o al dispongo esto o aquello, " parce que cela es mon plaisir", de otro Rey francés.

Me refiero a la negativa del gobierno, de llevar al Boletín Oficial de la Comunidad autónoma de Cataluña el nombramiento de los nuevos consejeros de dicha comunidad.

Los nuevos consejeros han sido nombrados por el Presidente de la comunidad, y éste por el Parlament de Cataluña, todo ello en el marco de su Estatuto de autonomía, aprobado a su vez  también en el marco de la constitución española.  Y todo como consecuencia de unas elecciones, cuyo resultado no han sido del gusto ( no son al parecer el "plaisir") de Ciudadanos, el Partido Popular y el PSOE. Las elecciones- recordémoslo- las convocó el mismo gobierno de España, gracias a la intervención del artículo 155 de la Constitución.

El nombramiento es impecable en términos jurídicos, ya que, aún cuando algunos de estos consejeros- unos presos preventivamente, y otros fugados de la Justicia-  se encuentran en esa situación, todos ellos mantienen sus derechos civiles y políticos intactos al no haber sido juzgados, y por lo tanto gozan de la presunción de inocencia recogida en el  24 de la CE. Por lo tanto a nuestros poderes fácticos, que no jurídicos,  no se les ha ocurrido otra cosa que ordenar  no publicar su nombramiento en el Boletín oficial, último requisito legal para tomar posesión del cargo.

Podrían- una vez publicado el nombramiento- haberlo impugnado ante ante un juzgado de lo contencioso- administrativo, y el juez, quizás, haber suspendido el nombramiento, previa adopción de medidas cautelares, una vez solicitadas a la espera de sentencia. Pero, no, los cafrés, no se han detenido en este molesto papeleo, o trámite. A la brava, no han publicado el nombramiento en el BOE, porque "el Estado soy yo y ese es mi placer o gusto" 

Las leyes, reglamentos y nombramientos, cierto es, que  para que tengan efectos frente a todos, deben gozar del principio de publicidad, y esta función, por seguridad jurídica, la cumple el papel a través del BOE ( en este caso del Boletín de la propia comunidad autónoma). Pero se trata- su publicación en el BOE- como dice la doctrina, de un acto debido, es decir, de una consecuencia automática y obligada para los poderes públicos, una vez se han dado los presupuestos legales previos que legitiman el acto, reglamento o ley. Nadie es quien- ningún caciquillo de turno lo es- el que pueda evitar aplicar el imperio de la ley ( en eso se basa el Estado de derecho), y sus consecuencias derivadas, por mucho  que la disposición administrativa le disguste al poder.

El Rey Balduino de Bélgica, que debe refrendar ( por acto debido) todas las leyes de su Parlamento según la Constitución Belga, en su día, se negó a firmar la Ley que autorizaba el aborto en ese país. Para no hacerlo, se declaró en incapacidad temporal, y sus poderes en ese plazo, fueron asumidos transitoriamente por la presidencia de su gobierno ( lo establecía así su constitución) que acabó refrendando la ley y publicándola en el BOE.

Esto es lo que se  hizo ante un caso similar, por ejemplo,  en un país serio, no como el nuestro, que no lo es. A Balduino, no le pasó por la cabeza bloquear la ley, negándose a firmar.

Unánle a todo lo explicado, hasta ahora, el rechazo de las extradiciones por Bélgica o Alemania, de delitos imaginarios contra los políticos catalanes, o el cambio de tipificación de los mismos delitos para solicitar de nuevo las mismas extradiciones, rechazadas anteriormente por las mismas conductas en los países citados,y  ya me dirán quien está seguro en este país, salvo que pertenezca a la casta,  máxime si estas barbaridades las ejecuta el Tribunal Supremo de España a través del juez LLarena.

Lo dicho : yo hago lo que quiero, mi límite no está en la ley, Europa es enemiga de España, y España soy yo y mis intereses. Ni en Tanganica se ha llegado tan lejos. Hemos vuelto a tiempos pasados a la Revolución francesa. Por eso, un fenómeno similar nunca lo tuvimos en España.








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